General Alvear convoca a martilleros para subastar bienes en desuso y chatarra municipal

La Municipalidad comandada por Ramón Capra abrió por cinco días hábiles la inscripción para martilleros y corredores públicos interesados en llevar adelante la subasta pública de bienes muebles, maquinaria y rezagos. El llamado se enmarca en la Ordenanza Municipal Nº2645/2025 y el Decreto Nº544/2025, promulgado ayer.

La Municipalidad de General Alvear emitió un llamado para la inscripción al Registro de aspirantes para martilleros que pretendan llevar adelante la subasta pública de bienes muebles, maquinarias en desuso y rezagos/chatarra.

La convocatoria se realiza en el marco de la Ordenanza Municipal Nº2645/2025, promulgada mediante el Decreto Municipal Nº544/2025, de fecha 24 de septiembre de 2025.

El plazo de inscripción es de cinco días hábiles, a contar desde hoy. Los interesados deben presentar la documentación requerida por ante la Mesa de Entradas de la Municipalidad.

Para proceder a la inscripción y postularse para el acto de subasta, los martilleros deben cumplir con una serie de requisitos y presentar la siguiente documentación:

  • Nota solicitando la Inscripción en dicho registro.
  • Fotocopia de Documento Nacional de Identidad y credencial de martillero y corredor público habilitante.
  • Constituir domicilio legal a los efectos de notificaciones dentro del radio de la ciudad y/o proveer una dirección de correo electrónico, donde serán válidas todas las notificaciones.
  • Certificado de colegiación expedido por el Colegio Profesional respectivo, donde conste la fecha de matriculación, el estado de las obligaciones de matriculación y previsionales y la aptitud para desempeñar el acto del remate.
  • Poseer al menos cinco (5) años de antigüedad en la matrícula.
  • Poseer experiencia comprobable de haber realizado, al menos tres (3) subastas públicas de bienes y rezagos municipales, en condiciones y términos similares. La misma podrá acreditarse mediante edictos de subastas y/o copia de actos de designación de las intervenciones profesionales.
  • No poseer sanciones disciplinarias dispuestas por el órgano de colegiación.
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