En la Cámara de Diputados, el bloque Encuentro Federal de Miguel Pichetto fue el primero en presentar una moción de censura contra Francos. A este pedido se sumó el bloque Desarrollo y Coherencia, integrado por ex diputados mileístas. Los proyectos de Unión por la Patria señalan que el Jefe de Gabinete no tiene atribuciones para no implementar una ley, ya que esto es parte de su promulgación.
El Gobierno fundamenta la decisión de suspender la emergencia en el artículo 5 de la ley de ejecución presupuestaria (24.629), que permite frenar la puesta en marcha de una norma hasta tanto “se incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto nacional”. Por su parte, la oposición advierte que esa atribución no es parte del proceso de formación de leyes, que culmina con la publicación de una norma sancionada en el Boletín Oficial, como sucedió en este caso.
Los proyectos presentados por los bloques de Unión por la Patria, presididos por Germán Martínez (Diputados) y José Mayans (Senado), señalan que la ley debe ser promulgada, publicada y ejecutada. La iniciativa de la Cámara Alta concluye que Francos “incurre en una omisión grave al suspender por decreto una ley vigente” y recuerda que tiene la facultad de reasignar partidas, una práctica que ha realizado al menos 20 veces este año. El proyecto de Diputados, en tanto, acusa a Francos de “usurpación de competencias” que justifica su remoción.
Los proyectos citan el artículo 80 de la Constitución, que establece que, una vez rechazados los vetos presidenciales, “el proyecto es ley y pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación”. Para la oposición, esta normativa respalda la interpelación del Jefe de Gabinete.
Para que los proyectos de moción de censura avancen, deben pasar por comisiones y se aprueban en los recintos por mayoría absoluta, que es la mitad más uno del cuerpo (129 diputados y 37 senadores). Este número es muy inferior al de los dos tercios que se reunió para rechazar los vetos presidenciales. El oficialismo confía en que los gobernadores aliados podrán presionar a sus legisladores para salvar a Francos, considerando el aumento que el Gobierno dispuso para las prestaciones por discapacidad en octubre.
No obstante, este aumento no deja claro si se respetarán los aumentos previstos en la ley suspendida, que dispone una compensación a los prestadores retroactiva a 2023 y una futura indexación. El otro capítulo de la ley se refiere al ordenamiento de pensiones, con un nuevo beneficio para personas con discapacidad que contempla el 70% de la jubilación mínima. Este es el punto más costoso para el Gobierno, que asegura en su decreto de suspensión que no puede financiarlo.