El principal beneficio de la Ley ALAS es la exención del pago del impuesto a los Ingresos Brutos, lo que representa un alivio fiscal significativo para los pequeños emprendimientos. Además, los inscriptos acceden a un programa de formación y asistencia técnica que brinda herramientas clave en áreas como la gestión, comercialización y seguridad laboral.
Este trámite está destinado a trabajadores de asociaciones vinculadas con la Economía Social, así como a aquellos trabajadores cuyo principal objetivo sea generar autoempleo. Esto incluye a los monotributistas sociales, agropecuarios o monotributistas de la categoría general que no superen el tope de facturación estipulado. También se aplica a aquellos trabajadores que no posean activos fijos superiores al monto equivalente a 50 canastas básicas totales y cuyos ingresos brutos anuales no superen las 30 canastas básicas.
La ley también promueve la articulación con municipios y organismos públicos para facilitar la participación en ferias, rondas de negocios y compras públicas, ampliando así las oportunidades de mercado.
Para poder inscribirse, los interesados deben ser monotributistas sociales o monotributistas con ingresos anuales inferiores a $2.480.868,9. También es un requisito que sus activos fijos no superen los $4.134.781,5. La inscripción se realiza en el Centro de Iniciativa de la Provincia de Buenos Aires más cercano al domicilio del emprendedor. En caso de no haber un centro habilitado, la documentación puede enviarse escaneada por correo electrónico a leyalas@gmail.com.
La documentación a presentar por los interesados incluye una fotocopia del DNI, la constancia de opción y de pago de la AFIP, un certificado de domicilio, y el comprobante de inscripción de ARBA, si corresponde.
De este modo, se formaliza la actividad económica, productiva y el autoempleo con el objetivo de promover la capacitación de los integrantes de las unidades productivas y brindar asesoría y consultoría en aspectos de producción, comercialización y gestión.