En el marco de los procedimientos, se realizó una audiencia virtual con los representantes de la empresa Telefónica Móviles de Argentina S.A. en la cual se expresó por parte del Municipio que, en principio, no resultaría factible la colocación de nuevos postes en virtud de consideraciones técnicas y/o normativas vigentes, según consta en el Artículo N°5 inc. 8 de la ordenanza N°720/90, instando a la empresa a revisar y reformular el proyecto enviado cumpliendo los lineamientos que la actual gestión municipal proyecta para Bolívar.
Además, la dirección de Planeamiento, en su carácter de autoridad de aplicación de la ordenanza N°2616/19 “Código de desarrollo urbano” y la ordenanza 118/68 “Reglamento para la edificación en el partido de Bolívar”, informa que todas las obras a ejecutarse, tanto en el espacio público como en los inmuebles privados, deberán contar con el permiso municipal.
Para el caso de obras de servicios de infraestructura, esenciales y no esenciales, que se pretendan realizar en el espacio público se detalla:
– Que según “Reglamento para el uso del espacio público aéreo y subterráneo del partido de Bolívar” Ordenanza N° 720/90, se establece que previo a la iniciación de los trabajos se deberá realizar la presentación de los planos aprobados, documentación técnica y demás antecedentes que fueran requeridos.
-Por lo tanto, se deberá realizar un expediente de obra para contar con el permiso de obra, ingresando la siguiente documentación:
- Nota de solicitud con la descripción del servicio y su beneficio para la comunidad.
- Contrato constitutivo de la empresa, y certificado de vigencia.
- Constancia de afip y de ingresos brutos.
- Planos técnicos generales y de detalle.
- Representantes técnicos y equipo de trabajo afectado.
- Otros certificados e informes según corresponda.
-Una vez otorgado el permiso de obra se deberá solicitar el permiso de uso del espacio público según establece la ordenanza N°720/90 en la dirección de Asuntos legales.