El jabalí europeo es una especie que no solo afecta la biodiversidad de los ecosistemas naturales, sino que también provoca importantes daños en la producción agropecuaria y puede ser vector de enfermedades que ponen en riesgo tanto a la fauna silvestre como al ganado doméstico.
La caza plaguicida está permitida únicamente bajo estrictas condiciones legales. Las personas autorizadas deberán contar con:
- Las personas autorizadas deberán contar con permiso escrito para la caza y el transporte por parte del dueño del predio rural.
- Poseer licencia habilitante de caza expedida por el Ministerio de Desarrollo Agrario.
- Uso de armas de fuego: serán de estricta aplicación las normas establecidas en el artículo 273 del Código Rural, Decreto-Ley N°10.081 y artículo 13 del Libro 2º del Decreto N°1878/73.
- Los cazadores deberán cumplir con todos los requisitos legales establecidos por las normas vigentes para la tenencia, transporte y uso de las armas que utilicen
- La caza está terminantemente prohibida en el ejido de las ciudades, pueblos, lugares urbanos o suburbanos, caminos públicos y en todas aquellas áreas habituales concurridas por público.
- No se podrá perseguir y disparar a animales desde vehículos en zona de caminos.
- No se podrá transitar con armas descubiertas o preparadas para el disparo en los caminos públicos (art. 189 bis del Código Penal de la República Argentina).
- Aquellas personas que quieran practicar la caza deberán dar aviso en el Comando de Patrulla Rural local y presentar la documentación antes mencionada.