Provinciales | Autorización de caza plaguicida del jabalí europeo en todo el territorio bonaerense

El Ministerio de Desarrollo Agrario, a través de la Dirección Provincial de Fiscalización Agropecuaria, Alimentaria y de los Recursos Naturales, dispuso autorizar la caza plaguicida para el control del jabalí europeo en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires. La medida tiene como objetivo mitigar el impacto ambiental, productivo y sanitario que genera esta especie exótica invasora. Desde la Municipalidad de Tapalqué, además, informaron que, como medida complementaria, se encuentra habilitado en el frigorífico local el análisis de triquinosis, una disposición que apunta a garantizar la salud de la población.

El jabalí europeo es una especie que no solo afecta la biodiversidad de los ecosistemas naturales, sino que también provoca importantes daños en la producción agropecuaria y puede ser vector de enfermedades que ponen en riesgo tanto a la fauna silvestre como al ganado doméstico.

La caza plaguicida está permitida únicamente bajo estrictas condiciones legales. Las personas autorizadas deberán contar con:

  • Las personas autorizadas deberán contar con permiso escrito para la caza y el transporte por parte del dueño del predio rural.
  • Poseer licencia habilitante de caza expedida por el Ministerio de Desarrollo Agrario.
  • Uso de armas de fuego: serán de estricta aplicación las normas establecidas en el artículo 273 del Código Rural, Decreto-Ley N°10.081 y artículo 13 del Libro 2º del Decreto N°1878/73.
  • Los cazadores deberán cumplir con todos los requisitos legales establecidos por las normas vigentes para la tenencia, transporte y uso de las armas que utilicen
  • La caza está terminantemente prohibida en el ejido de las ciudades, pueblos, lugares urbanos o suburbanos, caminos públicos y en todas aquellas áreas habituales concurridas por público.
  • No se podrá perseguir y disparar a animales desde vehículos en zona de caminos.
  • No se podrá transitar con armas descubiertas o preparadas para el disparo en los caminos públicos (art. 189 bis del Código Penal de la República Argentina).
  • Aquellas personas que quieran practicar la caza deberán dar aviso en el Comando de Patrulla Rural local y presentar la documentación antes mencionada.
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